Legislación: | Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Sinaloa | |
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Artículo 101. | Además de lo señalado en el artículo 95 de la presente Ley, los partidos políticos nacionales y locales con registro ante la autoridad electoral local, las agrupaciones políticas y las personas morales constituidas en asociación civil creadas por los ciudadanos que pretendan postular su candidatura independiente, según corresponda, deberán poner a disposición del público y actualizar la siguiente información: | |
Fracción XI. | El acta de la asamblea constitutiva. | |
Área responsable de la información: | Secretaría Jurídica y de Transparencia. | |
Periodicidad de actualización: | Anual. | |
Última actualización: | 31/12/2020 |