Legislación: |   | Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Sinaloa |
---|---|---|
  |   |   |
Artículo 101. |   | Además de lo señalado en el artículo 95 de la presente Ley, los partidos políticos nacionales y locales con registro ante la autoridad electoral local, las agrupaciones políticas y las personas morales constituidas en asociación civil creadas por los ciudadanos que pretendan postular su candidatura independiente, según corresponda, deberán poner a disposición del público y actualizar la siguiente información: |
  |   |   |
Fracción VI. |   | Los responsables de los órganos internos de finanzas de los partidos políticos. |
  |   |   |
Área responsable de la información: |   | Secretaría de Finanzas y Administración. |
  |   |   |
Periodicidad de actualización: |   | Trimestral. |
  |   |   |
Última actualización: |   | 30/09/2021 |