Legislación:
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Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Sinaloa
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Artículo 95.
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Los sujetos obligados pondrán a disposición del público y actualizarán en forma permanente la información en los respectivos medios electrónicos, de acuerdo con sus facultades, atribuciones, funciones u objeto social según corresponda, por lo menos de los temas, documentos y políticas que a continuación se señalan:
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Fracción LIV.
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Para efectos estadísticos, el listado de solicitudes a las empresas concesionarias de telecomunicaciones y proveedores de servicios o aplicaciones de Internet para la intervención de comunicaciones privadas, el acceso al registro de comunicaciones y la localización geográfica en tiempo real de equipos de comunicación, que contenga exclusivamente el objeto, el alcance temporal y los fundamentos legales del requerimiento, así como en su caso, la mención de que cuenta con la autorización judicial correspondiente.
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Área responsable de la información:
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Secretaría Jurídica y de Transparencia.
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Periodicidad de actualización:
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Trimestral
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Última actualización:
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30/09/2021
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